¿Cuáles son los recaudos que debe contemplar el Consorcio de Propietarios al momento de contratar los servicios de una empresa de seguridad privada?
Siempre se genera cierta desconfianza al momento de escoger una empresa de seguridad privada debido a que un gran número de ellas se desempeñan de manera irregular en el mercado. Actualmente existen severas multas estipuladas por la legislación actual tanto para las empresas inhabilitadas como para quienes contraten sus servicios.
Por lo cual, y a modo de recomendación, el Consorcio de Propietarios debe exigir la siguiente documentación antes de decidir cuál empresa contratar:
- Habilitación para ejercer la actividad emitida por la Dirección General de Seguridad Privada y Custodia de Bienes del Gobierno de la C.A.B.A.
- Listado de vigiladores habilitados por la Dirección General de Seguridad Privada y Custodia de Bienes del Gobierno de la C.A.B.A.
- Pólizas de Seguro de Responsabilidad Civil, de Vida y A.R.T. con sus respectivos comprobantes de pago en término.
- Comprobantes de pago en término del Sindicato de Seguridad Privada.
- Último formulario 931 de la A.F.I.P. con su respectivo comprobante de pago para corroborar el pago de cargas sociales y previsionales a los empleados.
- Listado actualizado de clientes.
Ética Seguridad y Servicios S.R.L. cumple con todo y cada uno de estos requisitos.